¿DERECHOS DE AUTOR O CENSURA?
La Era Digital y las Marchas Fúnebres Guatemaltecas
Entrevista realizada al Licenciado en Tecnología Acústica y Sonido Digital César Estuardo Velasco Morales. CEO Antigua Records.
Por: Lic. José Camilo Chán Arriola, Abogado y Notario.
En la publicación anterior indicamos que con esta serie de notas buscamos llegar de forma objetiva a la verdad sobre la controversia suscitada con el retiro de Playlists de Marchas Fúnebres guatemaltecas de algunas plataformas digitales, de esa cuenta acudimos directamente a una de las empresas inmersas en dicha situación como lo es Antigua Records y fuimos atendido por su propietario César Estuardo Velasco Morales, Licenciado en Tecnología Acústica y Sonido, quien amablemente nos brindó su tiempo para aclararnos varias dudas relativas al tema en cuestión.
¿Cuál es la situación actual de la “Era Digital” y las Marchas Fúnebres guatemaltecas?
Nos encontramos en las puertas de la “Era Digital” sumergiéndonos a un mundo para muchos desconocido, pero de vital funcionamiento para las producciones musicales que están por venir, estamos en el ocaso de la era del “CD” siendo el 2020 el último año en que se podrán adquirir bellos materiales en físico, pero este no es el mayor problema al que nos enfrentamos.
En estas últimas semanas nos hemos percatado de malas prácticas por parte de distintas plataformas sociales (Youtube, Facebook, entre otras.) Dando como resultado censurar contenido fonográfico en específico nuestras Marchas Fúnebres guatemaltecas, siendo este uno de los más golpeados y perjudicados para los creadores de contenido auditivo, visual y de transmisión en las plataformas antes mencionadas.
Derivado de una serie de censuras, los creadores y divulgadores de contenido sacro se han visto afectados y nos vimos a la tarea como empresa de investigar cuál era la fuente causante de este problema, encontrando que el causante de estos cambios en las políticas de estas plataformas corresponde a leyes y acuerdos que en el 2020 han sido modificadas para dar paso a censurar todo tipo de contenido que contenga fragmentos, fonogramas completos o audios que coincidan con los ya existentes en plataformas como Spotify, Deezer, entre otras, que son las que administran los estudios de producción musical o editoras fonográficas en todo el mundo.
De acuerdo con la investigación que llevamos acabo, todo esto se desencadenó desde que fueron modificadas las políticas en estas redes digitales, no hay que centrar nuestras miras tan lejos, únicamente tenemos que voltear a ver a nuestro vecino país tal y como lo explica la revista internacional digital “Expansión” en su artículo del día 20 de Julio de 2020 o “El Sol de México” en su edición del 2 de Julio de 2020:
“De acuerdo a distintas organizaciones, la nueva regulación en torno a derechos de autor que trae la instauración del TMEC en America viola los derechos humanos de los usuarios. Las reformas propuestas por el senador Ricardo Monreal para la implementación del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) podrían caer en prácticas de censura de acuerdo a diversas organizaciones de derechos digitales, e incluso la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Abren la legalización de la censura en internet porque en uno de los artículos y en una de las reformas de la Ley Federal de Derechos de Autor se incluye una medida conocida como notificación de retirada, donde se solicita la remoción o baja de un contenido sin que exista una orden judicial previa. O sea quien reclama por una falta de derechos de autor no tiene que comprobar que haya un delito, y esto puede caer como mecanismo de censura”, precisó Vladimir Cortés, oficial del Programa de derechos digitales.
Una investigación hecha este año y que publicó el Wall Street Journal puso este tipo de abuso que devino en la remoción de 52,000 enlaces de Google. La tecnológica puso en marcha su sistema para cumplir con la Ley de Derechos de Autor de la Era Digital (DMCA), por la que debe dar de baja contenidos cuando exista una denuncia de un titular de derechos de autor. Sin embargo el Wall Street Journal encontró cómo organizaciones y personas abusan de este sistema para remover contenido legítimo del buscador.
La crítica que hacen las organizaciones, denuncian que las reformas no contemplan excepciones para la elusión de medidas tecnológicas de protección, que la ley estadounidense sí prevé.
Aunque la ley ya fue aprobada por las Cámaras, ya existe una iniciativa hecha por la senadora Antares Vázquez Alatorre para reformar la Ley Federal del Derecho de Autor y el Código Penal Federal, a fin de garantizar la libertad de expresión en Internet, que refuerza el trabajo que han buscado las organizaciones de derechos digitales.
Tendremos unos cuantos meses para definir el futuro de este tema, sobre todo la sociedad civil ha abierto la discusión en torno a este tema a través del hashtag #SinCandadosNiCensura donde se muestra el descontento que existe en torno de esta ley”, indicó Cortés.”
¿Cómo afecta esa situación a Guatemala?
Debido a que Guatemala no posee una Ley de “Derechos Digitales” nos vemos inmersos en una laguna la cual nos hace vulnerables y nos obliga a someternos a las leyes y tratados ya establecidos por los países norteamericanos.
Derivado de estas nuevas normativas varios canales que utilizan transmisiones en vivo han sido censurados a tal punto de eliminar transmisiones en vivo en tiempo real y los “menos perjudicados” les han sido silenciados los fragmentos que coinciden con los fonogramas ya existentes que han sido subidos a plataformas de distribución musical antes mencionadas, siendo las más afectadas radioemisoras que han migrado de AM O FM a redes sociales como Facebook o Youtube.
En facebook ha sido notorio que los videos no son censurados media vez se prosiga a llenar un documento que pregunta si la persona que sube el contenido tiene permiso de publicar dicho contenido, a la cual con el simple hecho de presionar la opcion de “Si tengo permiso para publicar este contenido” es suficiente para que su video o estreno pueda ser visto en la red social.
En Youtube vemos que la plataforma es más permisiva y advierte que el contenido posee “derechos de autor” autoriza publicarlo sin penalización pero con el único fin de no ser apto para monetización.
¿Cuál es la diferencia entre Obras Musicales y Fonogramas (Master)?
Obra Musical: Para las normas en materia de propiedad intelectual, son aquellas composiciones musicales, con letra o sin ella y que abarcan toda clase de combinaciones de sonidos.
Fonograma: Se entiende por fonograma toda fijación exclusivamente sonora de la ejecución de una obra o de otros sonidos. Aparece, por tanto, como elemento inseparable de los actos de reproducción mecánica de cualquier obra musical.
Corresponde al productor de fonogramas el derecho exclusivo de autorizar su reproducción. La reproducción consiste en fijar la obra de alguna manera que permita obtener copias (discos en formato físico) o comunicarla (archivos digitales).
El productor es el que tiene derecho a que la música quede grabada en las pistas y el máster y posteriormente fabricar copias o distribuirla en formato digital. Este derecho podrá transferirse, cederse o ser objeto de concesión de licencias contractuales.
¿Se están apropiando de las Marchas Fúnebres guatemaltecas?
Dentro de la problemática que desencadenó el drástico cambio de las normativas en las plataformas digitales se hicieron escuchar varias opiniones y razonamientos a tal punto de llegar a la absurda idea que se «estaban patentando o registrando las obras musicales “marchas funebres guatemaltecas” a nombre de otras personas en el extranjero y que prácticamente se estaban apropiando de las mismas», misma acusación que ha sido replicada por varios lectores en redes sociales.
Pero para tranquilidad de nuestros autores se debe aclarar que tal “acto atroz” no es mas que una teoría errónea iniciada, empleada y amplificada por personas inescrupulosas que buscan sacar provecho de dicha situación en virtud de que en otra parte del país dichas personas tienen productoras igual a la nuestra (Antigua Records) y por medio de la competencia desleal buscan tener adeptos a costa de la denigración del nombre y credibilidad de nuestra institución a tal punto de llegar a calumnias, difamación mal informando a todo sus lectores y creando odio entre los devotos con sus publicaciones.
¿Qué consecuencias ha traído la poca información sobre el tema?
La falta de información sobre este delicado tema ha llevado a varias personas a exponerse de manera ofensiva, ofreciendo a la vista de los lectores un “linchamiento social” adjudicándose conocimientos o velando por el sentido común e interpretación que ellos dan; lamentablemente desconociendo por completo del tema que se debate en redes sociales.
Actualmente se ha tenido un constante monitoreo en redes y se contempla la posibilidad de iniciar los procesos penales correspondientes en contra de personas que se han encargado de incurrir en calumnias, difamación e injurias demeritando la honorabilidad de nuestra empresa (Antigua Records) de conformidad con la legislación penal guatemalteca.
¿Por qué Antigua Records decidió dar de baja sus álbumes en las plataformas digitales?
Ante la constante problemática suscitada este año por la censura de contenido en las redes sociales tanto empresas de radiodifusión, como páginas de contenido sacro y hasta nosotros mismos nos hemos visto perjudicados a tal punto de no poder compartir contenido propio.
Por tal razón se tomó la determinación de dar de baja toda la discografía bajo el sello de Antigua Records, liberando así todo tipo de derechos que rigen las nuevas normativas de distribución de contenido bajo derechos de autor, esperando que en las próximas semanas desaparezcan todas las licencias que no permiten emitir o difundir contenido igual o parecido a los fonogramas que permanecían en esas plataformas.
Actualmente Cucurucho en Guatemala ha sido el único medio de comunicación que ha velado y se ha acercado a nosotros solicitando información sobre dicho tema, lamentamos que varios medios de comunicación que ya han tocado este tema no nos hayan tomado en cuenta para tener una perspectiva más real y así poder despejar dudas y así evitar los malos entendidos que se están suscitando.
¿Existe contenido ilegal en plataformas digitales?
Debemos también dar nuestro punto de vista, derivado de una grave situación que se ha dejado ver, estamos realizando una investigación, esta misma se encuentra en proceso ya que por personas inescrupulosas que han subido a Spotify y Deezer contenido explícito de “Estudios Gamboa” en un “Álbum Variado”, como también acetatos de la reconocida pero ya desaparecida productora fonográfica “Tikal” escondidos bajo un sello discográfico “DK RECORDS” el cual no existe, siendo este posiblemente el primer caso en Guatemala de contenido pirata en las diversas plataformas digitales.
Este problema se agrava debido a que ellos hicieron registros fonográficos en “AUDIAM” esta es una empresa norteamericana que crea huellas digitales para contenido sonoro en todo el mundo y es quien se encarga de reclamar “derechos de autor y regalías” en todas las plataformas digitales, estos individuos sin escrúpulos se están adjudicando el patrimonio y derechos de los mismos sin siquiera poseerlos, por tanto nosotros también exigimos que se dé con los responsables y se proceda legalmente ante un tribunal.
¿Existe monetización de contenido?
Actualmente la monetización de contenido fonográfico en Guatemala se ve truncada por varios aspectos, para poder entender de una mejor manera exponemos los siguientes ejemplos:
Una de las principales plataformas de monetización es Youtube, quien no monetiza por cada visualización como muchos de nosotros pensábamos, si no más bien monetiza por cada anuncio que aparece en el video que se esté viendo, eso quiere decir que el creador de contenido si posee un canal con más de mil suscriptores y una determinada cantidad de horas de visualización puede monetizar su contenido, actualmente Guatemala posee una de las tasas más bajas de monetización: 0.98USD por cada mil visualizaciones de contenido pautado a comparación de países como Estados Unidos, España, entre otros que poseen tasas de casi 400% arriba de la nuestra.
En cuanto a Spotify y Deezer: Muchos se preguntarán actualmente qué pasa con estas plataformas que sí monetizan por cada reproducción.
En estas plataformas la monetización por cada reproducción corresponde a 0.0006 centavos de dólar, esto quiere decir que por cada mil reproducciones se acumulan 0.60 centavos de dólar, de las cuales un 30% van destinadas para la compañía digital que administra los catálogos (Albumes fonográficos) y quienes son las encargadas de distribuir el contenido en Deezer, Spotify, Youtube y hasta en Facebook, entre otras.
Actualmente esta compañía trabaja métodos de pago mediante Paypal, lastimosamente en nuestro país ninguna entidad bancaria tiene nexos con Paypal para poder retirar los pagos de contenido monetizable.
En conclusión hablamos que para generar regalías en cantidades grandes se necesitaría de igual manera millones de reproducciones tal y como sucede con artistas de talla internacional que no esta de mas verificar sus librerías con más de cien millones de reproducciones.
¿Antigua Records recibe regalias?
En efecto se reciben regalías por parte de estas plataformas, en bajas cantidades, que se han utilizado para fines del mismo perfil, por ejemplo en el proyecto de video “Cuaresma en Antigua, ¡Vívela!” la cual financiaba sus pautas mediante pagos de paypal para llegar a más devotos.
Este proyecto recibe el patrocinio de otra empresa el cual cubre apenas el 40% de la producción, el otro 40% lo cubre nuestra misma empresa y el 20% correspondía a pautas en redes sociales.
Con este proyecto se han visto beneficiadas varias Asociaciones y Hermandades llevándoles producción de talla internacional a sus cortejos procesionales tanto de la Antigua Guatemala, Ciudad de Guatemala, en el occidente de nuestro país en Ciudad de Quetzaltenango y Totonicapán.
También se puede mencionar que Antigua Records a lo largo de estos años ha colaborado con la grabación de diversos conciertos de los cuales se apoya a las Cofradías, Hermandades y Asociaciones a generar fondos subsidiandoles de pago alguno, en temas de grabacion y reproduccion de copias; en algunos casos se ofrendan descuentos del 50% siendo únicamente el 20% de las producciones las cuales conservan su precio de producción normal, con la única condición de poseer los derechos digitales de los mismos cediendo únicamente los derechos de reproducción física.
¿Existe algun proyecto a futuro para la conservación, resguardo y respeto de los derechos autorales y fonográficos?
En efecto, derivado a los cambios de políticas de las plataformas ya no contemplamos volver a utilizarlas para exponer el contenido fonográfico en ellas, pero se está trabajando en una iniciativa no solo una plataforma tecnológica, si no también para poder apoyar a todos los autores e intérpretes de marchas fúnebres la cual constará de asesoramiento legal gratuito, apoyo para el registro de sus obras y una editorial fonográfica guatemalteca destinada únicamente para registrar sus obras musicales en este caso las “Marchas Fúnebres” la cual tendrá nexos con “The Latin Recording Academy” y así en un futuro estas obras poder optar a algún premio internacional como los Latin Grammys.
«Así que estemos tranquilos las Marchas Fúnebres guatemaltecas no van a desaparecer, no cambiarán de autor, no serán expropiadas, ni mucho menos van a ser censuradas en Cortejos Procesionales.”