El Arzobispado de Guatemala durante unos años atrás han venido trabajando con varios expertos, ex-directivos y personas de trayectoria para establecer una propuesta uniforme donde puedan normar, orientar y encaminar a las Hermandades, Cofradías, Asociaciones y agrupaciones encargadas de la piedad popular sin exclusión alguna.
Según se informa, vienen trabajadas bajo lineamientos eclesiásticos y aplica directamente a la Arquidiócesis de Santiago de Guatemala, que corresponde a todos los municipios del departamento de Guatemala y Sacatepéquez.
Dentro de los estatutos se encuentran también regulaciones donde cada entidad sería fiscalizada económicamente para un mejor desenvolvimiento y la transparencia del gasto dentro de las organizaciones.
En una reunión convocada por el arzobispado hace unos meses en donde reunirían a líderes y representantes de distintas agrupaciones religiosas dentro de las Parroquias católicas en Guatemala se dio a conocer este plan que determinaría las funciones principales y específicas de las hermandades, cofradías asociaciones y cualquier otra agrupación de la piedad popular.
Según nos informan, este ‘modelo’ de estatutos entrarían en vigencia en el mes de mayo (aparentemente) del año 2018, finalizando la Cuaresma y Semana Santa; por lo que el video que circula por las redes sociales sobre un tema de disolver una hermandad en la que expresan basarse en éste modelo de Estatutos no tendría validez, pues aún no ha sido autorizada su circulación ni su difusión.
Dentro de esta normativa incluyen consideraciones, indicaciones y lineamientos sobre la convivencia en cada agrupación, elección de junta directiva (aplica la no reelección) o grupo coordinador de la organización, presentación de ingresos y egresos así como requisitos para el ingreso de nuevas personas.
Durante el tiempo de Monseñor Rodolfo Quezada Toruño existió una comunidad de Hermandades y cofradías de pasión de Guatemala, que poco se lograba saber su objetivo y la información hacia la feligresía católica sobre su funcionalidad era nula. Se sabía que tenía como intención conciliar las hermandades y/o si uno de sus miembros tenía problemas ellos actuaban, sin embargo fue disuelta pocos años después de haberse creado.
Miembros de diversas agrupaciones manifiestan interés por saber su estructura, pues vendría a beneficiar el uso correcto de los recursos, así como la activa participación de sus integrantes; sin embargo difieren por los posibles «impuestos» que vienen dentro de este modelo, pues como en cualquier sistema de tributación, los afectados serían los devotos que a través de la mecánica de adquisiciones de turnos pues elevaría el monto de su ofrenda.
Se conoce que dentro de los estatutos se exige el 30% de los ingresos generados en las organizaciones y sean destinados directamente al arzobispado de Guatemala.
Esta es una de las principales disposiciones que preocupan a diferentes agrupaciones religiosas, pues las más afectadas serían las hermandades, cofradías y asociaciones ‘pequeñas’ que no generan mayor ingreso para sostener las actividades tanto de la cuaresma y semana santa como el resto del año, porque además de la realización de los cortejos procesionales, gran parte de las ganancias generadas de todo lo recaudado en esta época va también para el sostenimiento de la Parroquia.
También se comenta que estos estatutos vendrían a afectar la convivencia y normativas que a nivel interno manejan las hermandades durante más de una década o un siglo, y que algunas normas no son vigentes o no aplicarían dentro de varias organizaciones religiosas por intentar estandarizar diferentes procesos que como institución han establecido.