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La resolución eclesiástica de las ordenanzas de la cofradía de Jesús Nazareno de San Jerónimo

Resolución Eclesiástica sobre la Ordenanza de la Cofradía de Jesús Nazareno de San Jerónimo

Este es el extracto tal y como está redactado. Recordemos que en ese entonces, la gramática era diferente así que no pienses que son faltas de ortografía.

Auto en la Ciudad de Santiago de Goatemala en cinco días de el mes de junio de mill seiscientos setenta y cinco años los señores Dean y Cavildo Sede vacante de la Sancta Yglesia Cathedral de esta ciudad estando juntos y congregados en su sala capitular como lo han de usso y costumbre convne a saver los señores lizdos don Geronimo de Betanzos Quiñones arcediano, don Juan Ramirez Xalon chantre, doctor don Joseph de Baños y Stmor, lizdo don Alonso Henrriquez de Vargas, doctor don Antonio de Salazar y br. dn Nicolas Resigno(sic) de Cabrera canónigos etc.= haviendo visto estos autos y las catorce ordenanzas próximas antecedentes fhas por los hermanos y fundadores de la cofradía que se pretende fundar de la advocación de Jesus Nazareno en la Yglesia parroquial de el varrio de San Geronimo de esta ciudad para el buen régimen y gobierno de ella y lo demás que ver (sic) convino a esto tocante= Dixeron que usando de su jurisdicción ordinaria que en esta parte les toca y competem como mejor aya lugar en derecho erigían y eriguieron fundaban y fundaron la dha cofradía de Jesus Nazareno de la dha Yglesia Parroquial de el varrio de San Geronimo de esta dha Cud y confirmaban y confirmaron approvaban y approbaron las dha catorce ordenanzas suso referidas para el buen régimen y govierno de la dha cofradía con las declaraciones y addicciones siguientes= primeramente que el dia de la Ascencion de Christo Señor Nro de cada un año sobre tarde se haga cavildo y junta en la dha Yglesia parroquial con assistencia intervención y accuerdo de el pe cura doctrinero de ella que es o fuere y de los hermanos y cofrades d ela dha cofradía y se haga elección de dos alcaldes, dos mayordomos, uno español y otro yndio, y dos diputados para que cada uno accuda a lo que le tocase y fuere de su obligación y cuidado por razón de su officio y ministerio= Yten que luego incontinenti el dho dia los alcaldes mayordomos y demás officiales que acabaren de serlo deen (sic) quenta con pago de los bienes, limosnas y demás cosas de que deban darla pertenecientes a la dha cofradía a los nuevos officiales que en su lugar entraren  con la dha yntervencion y assistencia de el dho pe  cura doctrino entrando como siempre han de entrar dhos bienenz y limosnas en poder de el mayordomo español que assi se eligiere haciéndose de todos imbentario con expression de la calidad y señas de dhos bienez y augmento o disminución de ellos para que conste en todo tiempo=Yten que los dhos mayordomos y los bienez de ella ariva(sic) de diez tostones sin nra expressa licencia o de quien para ello se la pueda dar y conceder excepto en los gastos forzossos como son las limosnas que han de dar por festividades de esta dha cofradía y cera necesaria= Yten, que para mejor guarda y custodia de los dhos bienez y limosnas, cera y demás cossas, y que en todo tiempo tengan la conservación que se requiere  aseo y limpieza necessaria se haga con toda brevedad un caxa de dos llaves destinadas, una de las quales para y tenga en su poder el mayordomo español que assi fuere de esta dha cofradía y la otra uno de los dos alcaldes, dentro de la qual dha caxa se guarden todos los dhos  bienez, ornamentos, cera y limosnas que tuviere, y quando para algún effecto se huviere de abrir aya de ser y sea con assistena e internencion de el dho pe cura doctrinero y de los dos officiales=
5a.que los susodhos hagan y tengan dos libros encuadernados en uno de los quales se asienten y escriban los hermanos y cofrades de esta dha cofradía que al pressente son y adelante en ella fueren entrando poniéndose por cabeza de dho libro este nro despacho de fundación y ordenanza (zas), approbacion y confirmación de ellas, escribiendosse(sic) y assentandosse assi mesmo en dho libro con separación y distribución assi los cavildos particulares como los de elecciones de alcaldes, mayordomos y demás offis de la dha cofradía= Y en el otro libro en que con claridad y distinción se pongan y assienten las partidas de recivo y gasto de ella con individualidad.
6(a) Yten que para que assi los dhos officiales de esta dha cofradía como los demás hermanos y cofrades de ella mas bien se enteren de lo que assiste por la razón de sus officios y cargos el dho dia en que assi fueren electos en presencia de todos se lea y publique (sic) este nro despacho de verbo adverbum= Los quales dhas declardaciones con las catorce ordenanzas suso imcorporadas en lo que noson contrarias a lo referido manda (ron) se guarden, observen y executen como tales ordenanzas y estatutos de la dha cofradía cuia erección y fundación sea y se entienda en todo y por todo sujeta a el ordino de este obispado y no de otra suerte mi(sic) manera=
Y la (da)ban y dieron, concedían y concedieron licencia a los ofifciales hermanos y cofrades de esta dha cofradía para que los viernes de casa semana perpetuamente puedan pedir y pidan limosna en esta ciud para las necesidades de ella y susod(ic)hos hicieren alguna o algunas otras ordenenzas no tengan fuerza ni obliguen ni se guarden cumplan ni executen hasta que el ordinario de este dho obispado las vra y appruebe y lo que en contrario se hiciere desde ahora para entonzes para ahora sea nulo y de nungun valor ni effecto.   Y declaraban y declararon a los dhos officiales, hermanos y cofrades de esta dha cofradía que ahora son y en adelante fueren por capazes de gozar de las gracias e indultos e indulgen(cias) concedidas y que se concedieren por la Sancta Sede Appca a semejantes cofradias= Y mandaban y mandaron que en esta conformidad dee(sic) y libre despacho de fundación en forma con incercion de el pedimiento y ordenanza fhas por los susodhos assi lo proveyeron, mandaron y firmaron=

F (1) Geronimo de BetanCos y Quiñones (rubrica)

Dor D. Joseph de Baños y Sotomayor (rubrica)

Alonso Henriques de Vargas (rubrica)

Juan Ramirez Xalon (rubrica)

Dor Anto de Salazar (rubrica)

Br Nicolas Resigno (sic) de Caba (rubrica)

Ante mi: Dr Juan de Cardenas (rubrica) Secretario, Despachose (rubrica)”

Nota: la rubrica que aparece en “Despachose” corresponde al secretario don Juan de Cardenas.